Las primeras querellas contra Bankia se han fijado en el folleto, la salida a Bolsa y la emisión de las participaciones preferentes. Son procesos que siempre tienen que pasar por la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Por eso, cabe pensar en una cierta responsabilidad del supervisor en las pérdidas que acumulan tanto los accionistas de Bankia como los tenedores de preferentes.

Como recuerda el abogado Fernando Zunzunegui, el artículo 92 de la Ley del Mercado de Valores dispone que la CNMV sólo tiene la responsabilidad de vigilar que el folleto informativo contiene toda la información requerida por las normas. Añade, también, en línea con un artículo de Manuel María Sánchez Álvarez, profesor titular de Derecho Mercantil de la Universidad de Las Palmas que enlazamos, que la CNMV no es responsable de la veracidad de la información del folleto. Pero, como apunta Zunzunegui, «el supervisor no es una persona ciega». De hecho, la CNMV, según Sánchez Álvarez, «viene obligada a formular un juicio tanto formal como material de esa documentación», dado que el depósito y el registro de estos documentos en la CNMV no tiene otra finalidad que la de permitir la máxima transparencia de los mercados de valores y, de esta manera, proteger a los inversores.

Por tanto, la CNMV, si hubiera identificado hechos o circunstancias que pudieran poner en peligro a los inversores, debería haber intervenido. Y, en este caso había dudas contables suficientes y constatables a través de los propios hechos relevantes de la entidad, como comenta Zunzunegui. Tenía ya un historial. De hecho, de nuevo de acuerdo con el artículo de Sánchez Álvarez, que no se refiere específicamente al caso de Bankia, sino que analiza este tema en general, la CNMV está obligada a comprobar si las cuentas y el folleto de la salida a Bolsa son verosímiles, para lo que debe confrontarlos con la información que ya obra en sus archivos.

Además, «la CNMV puede exigir, sin límite alguna y cuantas veces lo considere oportuno, toda cuanta información adicional considere necesaria para que el inversor esté en condiciones de formarse un juicio fundado sobre la oferta que contiene el folleto», comenta Sánchez Álvarez. Y, por último, si se apreciara cualquier irregularidad, la CNMV tiene la obligación de dirigirse al organismo de la administración dedicado al análisis de las cuentas, el ICAC, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas. De hecho, la CNMV está facultada para remitir al ICAC todas las auditorías que se le presenten. Si el ICAC pone reparos a la auditoría, la CNMV deberá decidir bajo su responsabilidad si los ignora, si requiere a la sociedad para que los subsane o si acepta la auditoría.

Una vez concluido el proceso, la CNMV está obligada a tomar una decisión: registrar el folleto o denegarlo.

Con respecto a Bankia, la CNMV no tomó ninguna de estas precauciones pese a las dudas razonables que presentaban las cuentas del Banco Financiero y de Ahorros del año 2010 y el folleto de salida a Bolsa, aunque sólo fuera por dos razones: la incapacidad de pagar los intereses de las preferentes inyectadas por el Gobierno y el desfase de valoración entre el precio de las acciones de Bankia en el mercado y el precio al que las tenía apuntadas BFA en su balance. Posiblemente, porque pudieron las prisas por salir a Bolsa. Y por convencer a «los mercados» de que España gozaba del crédito suficiente en los mercados para colocar un gigante bancario en Bolsa.

Por el momento, la plataforma del 15M que ha presentado una querella contra el consejo de administración de Bankia en el momento de la salida a Bolsa plantea la operación con prudencia: «Hay que ser responsables y, a medida que vaya evolucionando el proceso y vayamos teniendo acceso a los documentos de la operación, iremos viendo cuáles son las responsabilidades de cada uno», comentan fuentes de los servicios jurídicos del 15M. Aunque, en principio, aventuran: «Si las cuentas tenían errores, pueden engañar a los pequeños inversores, pero no a la CNMV». Finanzas.com